Mindefensa tiene listo el decreto que reglamenta el uso de armas traumáticas
Escrito por Cheverísima Stéreo el 14 septiembre, 2021
La cartera las considera como armas de fuego.

El Ministerio de Defensa tiene listo el decreto que prohíbe y reglamenta el uso de armas traumáticas en Colombia, al considerarlas como armas de fuego.
Las armas traumáticas eran calificadas como «no letales», pero el Ministerio busca que solo sean usadas en casos excepcionales.
En pocas palabras, las personas que quieran portar estas armas deben cumplir con una serie de requisitos y solicitar un permiso al Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del comando de las Fuerzas Militares.
La solicitud, de acuerdo con Caracol Radio, será analizada y respondida en diez días hábiles.
¿Qué requisitos deben cumplir?
El ciudadano común deberá tener listo estos documentos, según el medio nacional:
– Cédula de ciudadanía
– Certificado de aptitud psicofísica expedido por entidades autorizadas por la Dirección General de Sanidad Militar.
– Certificado de manejo de armas expedido por el Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos.
– Una factura de venta o declaración de importación del arma.
Para las personas que cumplen con servicio de Vigilancia y Seguridad Privada, los documentos son los siguientes:
– Cédula de ciudadanía del representante legal.
– Concepto favorable emitido por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
– Factura de venta o declaración de importación del arma.
De acuerdo con medios nacionales, antes que finalice el mes de septiembre, entrará en vigencia la reglamentación.
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