Ordenan investigar a médicos y forenses en caso de falsos positivos

Escrito por el 18 junio, 2021

La Sala de Justicia y Paz de Bogotá ordenó investigar a la unidad de Policía Judicial y los médicos que, a pesar de la evidencia, declararon ejecuciones extrajudiciales (falsos positivos) como muertes en combate.

La Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Bogotá, declaró crimen de lesa humanidad y por lo tanto crimen imprescriptible, los homicidios ocurridos bajo la práctica de “Falso Positivo”, en los que quedó establecida la participación de integrantes de la estructura paramilitar Bloque Central Bolívar con integrantes del Ejército adscritos a la Contraguerrilla del Batallón de Infantería, Batalla de Boyacá. En la decisión se dijo que integrantes del Ejército ayudaron a esta práctica criminal por la omisión, en primer lugar, de los funcionarios de Policía Judicial que a cargo de las inspecciones técnicas de cadáver, validaron la causa de muerte, como muerte en combate; al igual que los médicos forenses a cargo de las respectivas necropsias.

En la decisión, la Sala requirió a la Fiscalía para que “documente en todos y cada uno de los casos reportados bajo la práctica de Falsos Positivos, la unidad de Policía Judicial a cargo de la inspección técnica de cadáver, así como el médico forense de Medicina Legal a cargo de la respectiva necropsia”, esto con el fin de remitir dicha información a un grupo especial destacado para la investigación de estos crímenes y se adelanten las investigaciones que correspondan.

La Sala, además, dijo que se acogía a la expresión ”falso positivo“ como práctica de homicidios en persona protegida, bajo criterios de ejecuciones extrajudiciales, por ser la expresión que evidentemente identifica un fenómeno criminal asociado con la participación de integrantes de la fuerza pública. Bajo estos criterios, en la decisión quedó establecido que las víctimas que fueron presentadas como Falsos Positivos, lo fueron bajo cuatro circunstancias: Combates simulados o falsos combates, homicidios de integrantes de la estructura paramilitar bajo la práctica de ajusticiamiento, entrega de civiles al Ejército, entrega de cuerpos de civiles asesinados por los paramilitares al Ejército.

En la misma decisión, se dijo que agentes del Estado contribuyeron al refinamiento de esta práctica criminal de formas sustancialmente diferentes, pero determinantes, para camuflar las campañas antisubversivas, al parecer, atrozmente promovidas desde ciertos mandos del Ejército, quienes desde su esfera de autoridad, crearon las condiciones necesarias para la ejecución efectiva de una estrategia criminal; la que solo fue posible por la comisión por omisión, en primer lugar, de los funcionarios de Policía Judicial que, a cargo de las inspecciones técnicas de cadáver, validaron la causa de muerte, como muerte en combate; y en segundo lugar, por los médicos forenses a cargo de las respectivas necropsias, quienes, a pesar de la evidencia, validaron la causa de muerte como muerte en combate.

En el documento se conoció que los asesinatos fueron planeados gracias al testimonio del exparamilitar Aníbal de Jesús Gómez. Este hombre dijo a la justicia que las víctimas las tenían “con el fin de matarlas señora Magistrada, no de desaparecerlas, es el Ejército quien las desaparece, quien sabe, para desviar las investigaciones me imagino yo”.

Igualmente, en la providencia, la Sala ordenó el pago de indemnizaciones a quienes acreditaron su calidad de familiares de las víctimas de los asesinatos.

Finalmente, la decisión podrá ser apelada si así deciden hacerlo la unidad de Policía Judicial y los médicos forenses. Esta decisión se conoce después de que el expresidente Juan Manuel Santos ofreció perdón a los familiares de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales durante su gestión como ministro de Defensa, en una rendición de cuentas ante la Comisión de la Verdad.


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